domingo, 28 de marzo de 2010

Titularización de Directivos en DGCyE: Recurso de Amparo


Juzgado Civil y Comercial Nº 5
Moron



Carátula:  RUIZ DIAZ TEODORA BEATRIZ C/DIRECCION GRAL. DE CULTURA Y EDUCACION     SOBRE: AMPARO
Fecha inicio:  23/03/2010
Nº de receptoria:  MO10770/10
Nº de causa:  MO10770/10
Estado:  FUERA DE LETRA (FISCALIA DE ESTADO)
Leg. paralizado:  
Leg. archivado:  
Observaciones:  

23/03/2010 - PRIMER DESPACHO.-

"RUIZ DIAZ TEODORA BEATRIZ C/DIRECCION GRAL. DE CULTURA Y EDUCACION S/ Amparo" EXPTE: MO10770/10
Morón ,23 de marzo de 2010.-
········Tiénese a la peticionante Teodora Beatriz Ruiz Diaz por presentada, parte y domicilio legal constituído.-
········Dada las características excepcionales que emergen del proceso instado, en el que esta en juego supremos derechos de raigambre constitucional como lo es la Igualdad ante la Ley, cabe sin más corresponde así tener por deducida la acción de amparo -Ley 13928- cual ha de tramitar bajo la norma del proceso sumarísimo (art 321 del C.P.C.C). NOTIFIQUESE.-
········Requiérase de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires y al Fiscal de Estado de la Pcia. de Bs. As. el informe circunstanciado acerca de los antecedentes y fundamentos de la medida impugnada, cual deberá ser evacuado en el plazo de contestación de demanda (art 10 de la ley 13928). NOTIFIQUESE en la forma solicitada, con entrega de las copias respectivas con habilitación de días y horas inhábiles y a la Fiscalía de Estado mediante vista por Secretaría.-
········En cuanto a la medida cautelar solicitada: Que del relato de los hechos expuestos, normativa invocada y lo que resulta de los instrumentos adjuntados, entiendo que atento la antig?edad que detenta el amparista en la posesión de los cargos de Directora Provisional en la E.S.B. N° 29 y en la E.S.B. N° 45 del Distrito de Merlo se halla acreditada "prima facie" la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora, presupuestos necesarios que sustentan las medidas cautelares. Consecuentemente, se abstenga la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires de ofertar el cargo de Director/Directora de las E.S.B. N ° 29 y 45 del Distrito de Merlo, como vacante, hasta tanto medie resolución de la presente acción, a cuyo efecto líbrese oficio. (arts. 195, 197, 230 y concs. del C.P.C.C. y art. 9 de la ley 13.928).
····Resérvese la documentación acompañada en secretaría.
· ···············MARIA VICTORIA ALO?
·················JUEZ CIVIL Y COMERCIAL···
·························P.D.S
En la fecha se reservan fs. 5/23, cte.-
En la fecha se remite a la Fiscalia de Estado, cte.-
················VERONICA CECILIA FERNANDEZ
·······················SECRETARIA

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