El
gobernador Daniel Scioli promulgó hoy la ley que implementa el sistema
de elecciones internas, abiertas y obligatorias para la elección de
candidatos y que establece que se deberán realizar en forma simultánea
con los comicios nacionales.
A través de un decreto el gobernador
promulgó la ley de Reforma Política sancionada por la Legislatura
aunque vetó el artículo que aumentaba el número de legisladores
provinciales y que incorporaba 8 diputados y 4 senadores más a la
Legislatura provincial.
La norma que será publicada en el Boletín
Oficial establece que los partidos políticos deberán realizar internas
abiertas, simultáneas y obligatorias y prohíbe las denominadas listas
espejos o colectoras en la elección general.
Fija que la
participación de los ciudadanos en las elecciones internas de los
partidos es obligatoria, aunque crea un registro para aquellos que no
quieran votar y que deberán expresar previamente esa voluntad.
Establece
que quien se presenta como candidato para cualquier cargo en las
elecciones primarias, solo podrá hacerlo por un partido político,
agrupación municipal, federación o alianza transitoria electoral y para
un solo cargo electivo y en una sola categoría.
Contempla también
que quienes se presenten como precandidatos en las elecciones internas
y no resulten electos no podrán ser candidatos en la elección general,
y que en las elecciones primarias se deberá respetar la representación
del cupo femenino.
Fija además que para participar de la interna
partidaria la lista deberá conseguir el aval del 4 por mil del padrón
general y que aquellos partidos que no superen en la interna el 1,5 por
ciento de los votos positivos emitidos no podrán participar de la
elección general.
La distribución de los cargos en los cuerpos
colegiados tales como legisladores o concejales se determinará bajo el
sistema DHont, aunque se mantiene el sistema de cociente para la
elección general.
La norma incluía además un artículo que
establecía aumentar la cantidad de legisladores provinciales para
incorporar 4 senadores más a los 46 existentes y 8 diputados que se
sumarían a los 92 que actualmente tiene la Cámara.
Sin embargo, el
gobernador vetó ese artículo por considerar que para implementar esa
reforma "resulta conveniente y hasta necesario contar con datos
demográficos actualizados, extremo únicamente verificable a través de
la realización de un censo general".
En los fundamentos Scioli
explicó que el último censo oficial nacional realizado en materia
poblacional en la República Argentina se remonta al año 2001 "por lo
que resulta aconsejable mantener el actual número de legisladores hasta
tanto un nuevo censo permita obtener información fidedigna relacionada
con la población de la provincia".
El gobernador vetó además una
modificación que habían hecho los legisladores a los requisitos para
ser diputado y senador provincial, en la que establecían que el
candidato debía tener dos años de residencia inmediata anterior a la
elección para los que no fueran nativos de la sección por la que se
postulaban.
En los fundamentos, Scioli consideró que esa reforma
"introduce requisitos adicionales a los establecidos por la
Constitución Provincial para la postulación de candidatos a diputados y
senadores".(fuente: infocielo)
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