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lunes, 15 de diciembre de 2014

Usina "Popular y Radical": Cayo Oscar Maggiori y la pregunta del millón ¿volverá a poligrillo o seguirá de Campeón?

Los directores del sector privado y los funcionarios del sector público ganan suculentos sueldos y son poco requeridos.  La empresa más importante de Tandil tiene un buen sostén técnico y marcha sola.  Cuanto menos opinan los directores, mejor.   
Si bien la Usina tuvo presidentes con iniciativa y con ambiciones políticas, también contó con presidentes que fueron allí a curar sus heridas económicas sufridas en el ámbito privado.  Peronismo, zanatellismo y radicalismo utilizaron a la empresa más importante de la ciudad para saldar acuerdos políticos o para resolver la situación de un funcionario problemático pero con fuertes vínculos con la conducción del Gobierno.
Los privados no se quedaron atrás.  La Cámara ha subvencionado a decenas de empresarios de la ciudad que eran víctimas de malas decisiones empresarias o de los altibajos de la economía.   Varios quebrados y concursados fueron al directorio detrás del sueldo que les permitiera vivir más allá de sus capacidades.
De esta forma, la Usina se fue convirtiendo en un espacio ambicionado por quienes buscaban un buen ingreso y pocos problemas, becarios del sistema  Este criterio causó no pocos problemas entre el Gobierno y la Cámara Empresaria.  Uno de esos últimos encontronazos es reciente y lo involucra a Oscar Maggiori, ex secretario de Desarrollo Local de Miguel Lunghi.
Maggiori se fue de la Secretaría con fuertes críticas a su gestión.  Con una mochila pesada tras el caso Tyssen, la empresa alemana que aseguró haber sido ninguneada por la gestión y que se terminó instalando en Saladillo tras descartar Tandil.  En lo personal, estaba afectado por un concurso judicial, producto de desaciertos en su derrotero empresario.
Una vez más la Usina alojaba a un “cascoteado” empresario de la ciudad.  Nadie se quejó por su nombramiento.  La Usina tenía amplia experiencia en este asunto.  Los privados eran los que menos podían opinar al respecto. 
A la gestión de Maggiori le tocó transitar una etapa nueva y para los parámetros de la gestión el balance fue positivo.  Se instalaron en la nueva sede, motorizaron la “SA” que hoy ofrece servicios en toda la ciudad y, recientemente, incorporaron CAMI como nueva unidad de negocios.
Mientras tanto Maggiori seguía purgando su paso por la gestión en Desarrollo Local.  Una investigación sobre la concesión del Hipódromo lo devolvía al ring de donde lo había sacado su amigo y jefe, Miguel Lunghi, para protegerlo y para protegerse.
Hasta ahí, el balance de Maggiori seguía arrojando elementos a su favor: la Usina crecía y facturaba en base a negocios cada vez más rentables aunque cada vez más alejados del sentido original de la empresa pensada y proyectada en el seno del socialismo local.
Y la piedra le llegó del lugar menos pensado.  Había sorteado con fortuna los cascotes de su “segundo” en Desarrollo Local, Pedro Espondaburu, quien lo limó y operó en el resto del Gabinete para quedarse con el cargo.  Había sorteado con fortuna las operaciones mediáticas y políticas de los directores privados que sacaban a relucir su condición de concursado como presidente de la Usina. 
El piedrazo mortal le llegó desde ARBA quien denunció a varios tandilenses por tener autos lujosos patentados en paraísos fiscales de provincias, entre ellos Maggiori. Lo que no lograron correligionarios y empresarios, lo logró una factura de patentes remitida desde Corrientes. 
El radicalismo tiene esas cosas.  Se puede “bancar” sin problemas cuestionamientos políticos y técnicos, errores y trasgresiones que afectan por millones de pesos a una Tesorería y falencias sociales que lesionan a una ciudad y a sus vecinos con consecuencias inimaginables e irreparables, pero no se banca la sentencia social de una patente “trucha” y el mote de evasor. 
La imagen lo es todo.  Lo otro, es discutible. 
Política Tandil

viernes, 29 de noviembre de 2013

El anteproyecto de Código Civil y Comercial, es el más debatido de los últimos 30 años



Por Eduardo Di Cola 


“Susana Giménez finalmente podrá optar por un régimen separado de bienes, es decir, administrar su patrimonio en forma desvinculada del de su marido, tal como lo prometió el Presidente Carlos Menem hace varios meses, cuando se divorció de Huberto Roviralta”. “Esa sin embargo, es una de las muchas nuevas reglas que incluye un proyecto de Código Civil y Comercial, que está destinado a fijar normas más claras y modernas de convivencia y que fue elaborado, durante tres años y medio de profundos estudios y debates, por una comisión  de juristas de primer nivel: Héctor Alegría, Atilio Alterini, Jorge Alterini, María Méndez Costa, Julio C. Rivera y Horacio Roitman. También trabajaron en el proyecto aunque se retiraron antes de que la comisión finalizara las tareas, Augusto Belluscio y Aída Kemelmajer de Carlucci, mientras que  que Antonio Boggiano no lo firmó”(Crónica del diario La Nación del 20/01/1999).

Al final de su mandato Carlos Menem envía al Congreso el proyecto para su tratamiento. La Cámara de Diputados decide por unanimidad que se designe una comisión integrada con diputados de las distintas expresiones políticas para lograr un dictamen en el plazo de 180 días. Producido el recambio constitucional, el 4 de abril del año  2000 los Diputados Nacionales María del Carmen Falbo, Nicolás Fernández, Margarita Stolbizer, Juan P. Cafiero y el suscripto mantuvimos una reunión con el por entonces Ministro de Justicia Ricardo Gil Lavedra, decidiéndose profundizar el estudio del aludido proyecto. En esa oportunidad se coincidió que era un inmejorable punto de partida para continuar con su análisis.

Recuerdo que desde la Comisión de Legislación General en un comienzo presidida por el Diputado José Dumon (UCR) y luego por el suscripto, realizamos jornadas en las ciudades de Mendoza, Comodoro Rivadavia, Santa Fé, Rosario, Formosa, La Plata, Buenos Aires, La Rioja, Mar del Plata y Córdoba. Se dictaron 15 conferencias por parte de 6 juristas de Buenos Aires y 9 del interior. Se realizaron asimismo 104 exposiciones en el ámbito de cada mesa de trabajo por parte de 28 juristas porteños y 76 del resto del país. Se recibieron alrededor de 200 ponencias. Participaron las principales universidades nacionales y privadas, colegios profesionales, Ministerios de Justicia de la Nación y de distintas provincias, Asociaciones de Magistrados y Funcionarios Judiciales, Academias de Derecho, entre otras.
El primero de noviembre del 2001 emitimos el dictamen con el nuevo código con una sola disidencia.

La crisis institucional en la que se sumergió el país frenó el tratamiento hasta que por consideraciones de mérito, oportunidad y conveniencia la Presidenta Cristina Fernández decide mediante decreto 191 de febrero del 2011 retomar el tema creando una comisión para la Elaboración del Proyecto de Ley de Reforma, Actualización y Unificación de los Códigos Civil y Comercial de la Nación, integrada por los Ministros de la Corte Ricardo Lorenzetti y Elena Highton de Nolasco y la profesora Aida Kemelmajer de Carlucci.

Esta es lo que por una cuestión de orden llamo historia reciente que tuvo su comienzo en el ´99 es decir hace 14 años. Pero a su vez hay una historia más lejana que tiene como fecha de partida el 30 de julio de 1986, oportunidad en que la Cámara de Diputados inició un proceso que culminó 5 años después, sancionándose el 27 de noviembre de 1991 un nuevo código bajo Ley N° 24032, vetado por el entonces Presidente Menem.

En agosto de 1992 la Cámara de Diputados retoma el tema y elabora un nuevo proyecto que es sancionado en noviembre de 1993, el que nunca fue tratado por el Senado. En tanto el mismo año, en forma contemporánea el Poder Ejecutivo envía una nueva iniciativa cuyos autores fueron los Dres. Augusto Belluscio, Salvador Bergel, Aida Kemelmajer de Carlucci, Sergio Le Pera, Julio Rivera, Federico Videla Escalada y Eduardo Antonio Zannoni. Tuvo ingreso por el Senado, pero tampoco lo trató.

Desde el año 1986 a la actualidad pasaron  gobiernos de distinto signo político e invariablemente estuvo bajo debate el tema de la reforma y unificación de los Códigos Civil y Comercial. Además siempre se trabajó  continuando con lo que hasta ese momento se había realizado. Más aún, muchos de los protagonistas se repitieron y participaron en las distintas etapas.

En lo que al proyecto se refiere se podrá estar de acuerdo en su totalidad o tener algunas disidencias. Lo que no se podrá decir sin caer en falsedades es que el tema no haya sido lo suficientemente debatido a todo nivel a lo largo de 27 años, casi desde el mismo inicio de la etapa democrática.

Fuente: Diario Registrado

sábado, 16 de noviembre de 2013

El Nuevo Código Civil y Comercial: Eduardo Barcesat: “Se busca defender la soberanía legislativa y jurisdiccional”




El nuevo código es un gran avance que se apoya en la legislación ya aprobada en los últimos años 

El prestigioso abogado destacó los cambios en el matrimonio igualitario como así también las modificaciones orientadas a facilitar y acelerar los procedimientos de adopción de menores o de fertilización asistida. 

En el plano económico se refirió al Estado como parte contratante y a las mejoras orientadas a evitar que se utilice a la justicia para sacar ventajas del Estado.

Y destacó los cambios en el plano del Derechos Internacional Privado.

En este punto Barcesat recordó que con la globalización y la expansión de las empresas a nivel internacional, muchas veces se 

“Hemos propiciado que se priorice la jurisdicción del lugar en el que se lleva a cabo la acción, en un clara protección del empresariado local y de los trabajadores de nuestro país, para que no deban ser sometidos a una legislación extranjera”.

En este punto el abogado recordó que “desde la modificación que sufrieron los Códigos Civil y Comercial durante la dictadura militar, se permitió que se adoptaran legislaciones internacional y por eso hoy estamos sufriendo los vaivenes del juez Thomas Griesa, por ejemplo”.

Finalmente el abogado recordó que la modificación de los códigos es un anhelo de varios años, de los hombres del derecho y se mostró esperanzado en que finalmente se podrá aprobar.

Fuente: Radio Nacional
Ver más...en El Archivo de Mario Abait

domingo, 19 de mayo de 2013

Justicia Legítima: duro cuestionamiento al "conservador" Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Azul

La Agrupación Justicia Legítima Tandil, creada recientemente luego de lanzarse la Reforma Judicial, emitió en la víspera un durísimo comunicado, donde cuestionan severamente al Colegio de Abogados de Azul, atribuyéndole una posición imprudente e irresponsable, con la única intención de generar un clima adverso al paquete de leyes que aborda en estos momentos el Congreso. 

“Justicia Legítima Tandil nació al abrigo de la convicción de que es posible un servicio de justicia que, desde adentro y desde afuera del Poder Judicial, rompa y supere las prácticas corporativas consolidadas en formas de organización y actuación destinadas a proteger sólo determinados intereses y privilegios de sus integrantes –aislados del conjunto de la sociedad- y que, en definitiva, tornan ilusorio el acceso a la justicia de los más débiles e impiden la profundización de la democracia”, indica el comunicado. 

Destacan que “a partir de ese eje conformamos un colectivo plural, dinámico y en constante ampliación que integran magistrados, funcionarios, empleados, académicos, estudiantes, representantes de organizaciones sociales y de derechos humanos. En documentos públicos anteriores, y en las jornadas celebradas en la Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires, hemos señalado los principios básicos para la transformación a la que aspiramos”. 

“La propuesta de reforma judicial expresada -en principio- a través de los seis proyectos que fueran enviados al Poder Legislativo, ha hecho aflorar una serie de posturas a las cuales queremos referirnos, haciendo pública nuestra postura”, se agrega desde Justicia Legítima. 

Afirman más adelante que “desde nuestra óptica y en cuanto a la cantidad y la calidad de opiniones vertidas por distintos actores sociales respecto del conjunto de leyes presentado desde el Ejecutivo Nacional para su debate y posterior sanción por nuestro Parlamento, es dable distinguir la posición del Colegio de Abogados de Azul que ahonda en la imprudencia, la irresponsabilidad y el análisis banal o trivial al cual se permiten arribar en cuestiones tan delicadas, pero con el claro propósito de desinformar, desconcertar y generar un posicionamiento contrario, por el solo hecho de pararse en la vereda de enfrente, prescindiendo de evaluar con detenimiento la integralidad de la reforma propuesta”. 

Seguidamente lamentan que “tan prestigiosa entidad haya dejado pasar la oportunidad de analizarlos seriamente, haciendo conocer los fundamentos técnicos jurídicos que sustenten su postura al respecto, con la responsabilidad y profesionalismo requeridos por su importancia y trascendencia social, dejando de lado oportunismos políticos, criticas vacías y apocalípticas. Esto nos demuestra una vez más el funcionamiento corporativo y poco democrático de estas instituciones, que no están a la altura de las demandas de la sociedad y de sus integrantes ya que no se ha generado un espacio de debate y trabajo profesional constructivo”. 

Sostienen que “decir que las reformas planteadas “rompen la independencia del Poder Judicial”,  o que “se pierde la República”, o que “un juez que saque una resolución que no le convenga al gobierno va a ser sancionado”, entre otras aseveraciones carentes del fundamento técnico y jurídico que se espera de quien ejerce la representación de los profesionales de la abogacía, contribuyen a generar en la sociedad un descreimiento hacia las instituciones que componen la república, desnaturalizando el objetivo democratizador de la reforma judicial cuando su norte, precisamente, es el de reconciliar al sistema de administración de justicia con la ciudadanía”. 

“En este sentido y en relación a la reforma del Consejo de la Magistratura, es importante destacar que se conserva todo el sistema actual del jury de enjuiciamiento, que es en definitiva la institución que avanza en el proceso contra jueces por mal desempeño de sus funciones, permaneciendo aún la exigencia de una mayoría agravada para proceder a la destitución. Lo medular se conserva. Se modifica la alternativa de la acusación que ahora sí dependerá de una mayoría absoluta de los miembros del Consejo, pero de ninguna manera cabe interpretar ese estado como sancionatorio”, agrega Justicia Legítima. 

Afirman posteriormente que “distintas provincias de nuestro país cuentan desde hace años con este mismo sistema de acusación propuesto e invitamos a la comunidad a reflexionar e interiorizarse sobre sus resultados y, luego en forma prudente, elaborar conclusiones que no se acaben en el estruendo, lo rimbombante y la cosecha de irresponsabilidades en la comunicación”. 

Respecto a la integración del Consejo de la Magistratura –órgano político del Poder Judicial- por voto popular, “solo resta decir que hace propia la esencia de nuestro sistema democrático recurriendo a un sistema electivo para aquellos que hasta el momento eran elegidos por sus pares –abogados, jueces y académicos-, a través de organizaciones que poco tienen que ver con los intereses de la comunidad en su conjunto”. 

CAUTELARES 

En cuanto a la función de las particularidades introducidas por la reforma respecto a las medidas cautelares contra el Estado, “claramente el análisis válido transcurre en el mensaje que se le envía al órgano jurisdiccional, en el sentido de la necesidad de celeridad en los pronunciamientos judiciales, como derecho humano reconocido por la universalidad de ordenamientos. Con medidas cautelares acotadas de efectividad en el tiempo y con jueces que estimen esa sed de los justiciables, automáticamente se cancela la posibilidad de sueño y letargo de sus causas que, ante la medida fenecida o caduca, no quedará mayor actividad que dictar sentencia, determinando con verdadera fuerza el derecho de cada parte. Hemos podido ver en cientos de oportunidades la desnaturalización en su uso y el mantenimiento en el tiempo, sin la consecuente resolución de las cuestiones de fondo que le dan origen”. 

CAMARAS DE CASACION 

En relación con la creación de las nuevas Cámaras de Casación, “cabe destacar que esta medida tiende a acelerar la resolución de los conflictos judicializados por lo que permitirá descomprimir la gran cantidad de juicios sin resolver otorgando derechos de esa manera a aquellos que están esperando por la resolución de sus controversias”. 

“Desde comienzo del nuevo siglo se han ido produciendo, tanto en nuestro país como así también en gran parte de Latinoamérica, profundas y significativas transformaciones políticas y económicas cuya finalidad apunta a mejorar la condición social de los más desposeídos mediante su progresiva inclusión”, indicaron luego. 

Añadieron que “frente a ello, y mientras los sectores políticos gobernantes –legitimados por la voluntad popular– intentan dar satisfacción y respuesta a aquellas aspiraciones, resulta palmario que el Poder Judicial en muchas circunstancias no sólo no ha acompañado, sino que ha sido refractario a dichas transformaciones generando así una pérdida de legitimidad y consecuente desprestigio. Ello amerita la necesidad de su reparación. Quién podría negar la necesidad de una reforma judicial que actualice el mismo a los tiempos que corren; esto es la democracia y todos formamos parte de ella, incluidos los magistrados y funcionarios. Debemos entonces trabajar en ese sentido y no alarmar con falsos conceptos de índole apocalíptico al ciudadano sino informarlo en forma adecuada”. 

Por último expresaron “quienes integramos este espacio colectivo, horizontal y abierto a toda la comunidad sostenemos la necesidad de generar un debate responsable en un tema trascendental como lo es la administración de justicia de la nación, aprovechando la oportunidad para reiterar y hacer pública la invitación a las autoridades, tanto del Colegio de Abogados de Azul como de la Asociación de Abogados de Tandil a participar de los foros de discusión que semanalmente organizamos en el Centro Cultural Universitario de Tandil, para conocer sus alternativas, propuestas y hacerlas públicas, ya que se impone la necesidad de hacer llegar a la comunidad argumentos y fundamentos formativos, con la responsabilidad que la democracia y la república nos demanda al emitir nuestras opiniones y posturas”.

Nota publicada en La Voz de Tandil

sábado, 20 de abril de 2013

Reformar la Justicia ¿ si o no?



El abogado y secretario coordinador del Centro de Capacitación del Poder Judicial de la Provincia de La Pampa (se lo puede leer en el blog Saber Derecho), analizó en la charla los diferentes proyectos de ley.alt
Por Enrique de la Calle y José Cornejo
AGENCIA PACO URONDO: ¿Cuál es tu primera impresión sobre la serie de proyectos que envió el Ejecutivo en relación a la democratización de la justicia?
Gustavo Arballo: Son seis proyectos donde podríamos hacer un nivel inicial de distinciones. Algunas cosas están muy claramente bien o por ahí se debiera afinar o hacer alguna precisión pero conceptualmente está muy bien y algunas habían sido, tal vez, demoradas. Empezamos por la parte buena que es la que se ha llamado ingreso democrático al Poder Judicial, vale decir, ingresos por concursos.
Eso está muy bien, implica que la posibilidad, no sólo de que los ingresos, sino también el ascenso se de por concurso o por un sistema un poco más transparente e igualitario, eso está muy bien, al menos en los fueros federales no existía, sí en algunos Poderes Judiciales de provincia. Después hay una historia sobre publicidad de actos sobre el Poder Judicial que implica que se conozcan las sentencias, los tiempos que tardan y las resoluciones internas administrativas de los Tribunales. Antes era muy difícil acceder, sólo las partes accedían, poco a poco varios tribunales armaron sistemas, en ese camino se está yendo, hacerla por ley sería darle más formalidad a la cosa, en general eso está muy bien.
También está el tema de declaraciones juradas, que no es propio del Poder Judicial, la obligación de presentar y poder acceder es patrimonio de las personas de los tres poderes, eso es lo que hace muy bien a la transparencia y en ese sentido tenemos un tema pendiente. Hasta ahí, los tres proyectos que menos margen de discusión tienen, con lo cual, cualquiera diría estar más o menos de acuerdo. Después hay otros tres proyectos que tienen algunos niveles de duda o de conflictividad que ameritan un segundo nivel de discusión.
Primero está la creación Cámaras de Casación, que es un órgano intermedio entre la Corte del cual se dice que va a generar una instancia adicional, va a recorrer un nuevo camino en la posta para tener una sentencia firme. Creo que esto es una dificultad que se va a presentar en algunos casos y posiblemente impacte más en quienes tienen menos posibilidades de seguir un litigio hasta su última instancia. ¿Quiénes pueden seguir un litigio hasta su última instancia? El Estado y las grandes corporaciones y quiénes no tienen esa posibilidad o les cuesta más, son posiblemente los particulares.
No es tremendo, no es el fin del mundo, es un tema debatible, pero en principio genera ahí un paso más hasta la sentencia firme en temas administrativos, civiles y provisionales que son las tres Cámaras que se interponen ahora, en el medio entre la sentencia y la Corte. Luego aparecen los dos proyectos, tal vez los más importantes y que a la vez tienen más potencial de controversia. Uno es algo técnico y complejo de explicar, que es el de medidas cautelares, todos relacionamos esto cuando se suspende la vigencia de una ley por la presentación de un particular, cuando ha habido un abuso o se han conseguido cautelares con demasiada condescendencia.
El proyecto corre el dial desde ese punto donde a veces estamos parados, sobre todo en alguna causa puntual como la que todo el mundo conoce que es Clarín-Ley de medios, pero hay otros. El proyecto de ley es una serie de limitaciones bastante severas, hay una limitación temporal que las cautelares no pueden durar más de seis meses y una limitación que  una vez concedida una cautelar, el Estado apela y la cautelar suspensiva no va a funcionar hasta que una Cámara la confirme y una serie de restricciones que puede generar complicaciones, sobre todo en medidas estatales que impliquen un perjuicio a las personas. Supuestamente en este contexto hay algunas excepciones al tema de las cautelares, cuando traten peligros contra la vida, contra el medio ambiente o la salud, pero es una restricción, al menos, problemática para muchos casos. No es tan sencillo que el Estado siempre se deba presumir que opera en función de alguien común, porque muchas veces el Estado daña derechos de personas y precisamente para eso hay sistemas judiciales. Creo que es necesario armar un sistema de cautelares específicas contra el Estado y un código procesal para litigar contra el Estado, que todas las provincias tienen. Ese sistema de cautelares, por diversas razones, me parece bastante restrictivo.
APU: Decías que este nuevo sistema de cautelares en realidad sólo beneficiaría o podría ser utilizado por las grandes corporaciones o por el Estado. ¿Entendí bien?
GA: Hablaba de que hay una posible ventaja de grandes corporaciones y del Estado con el tema de las Cámaras de Casación que implica el número de instancias: es de tres, se eleva a cuatro y cuanto más larga es, más costoso se hace llegar a la sentencia definitiva. Muchas veces, a las grandes corporaciones y al Estado que no desaparece nunca, le da lo mismo, en un juicio en el cual tenga que pagar algo que dure tres ó cuatro años, cuanto más lo pueda estirar mejor, a particular, ciertamente no.
APU: Entonces eso en algún punto enlentece la justicia.
GA: Yo no quiero dramatizar este punto porque es cierto que hoy los juicios duran 10 años, la interpolación de una Cámara en el camino hasta la sentencia definitiva no es que va a hacer que duren 20, pero ciertamente no lo va a hacer más breve, sino que interpone un paso más. Si pensamos en alternativas para tomarnos las cosas enserio y abreviar los procesos, antes que nombrar 30 jueces para que sean camaristas de casación, tal vez sea más razonable crear 30 juzgados nuevos, porque muchas veces el cuello de botella de los sistemas, que más desbordados están, son los juzgados de primera instancia. Desde un punto de vista de un diseño institucional, no se está acompañando la explosión del aumento de la litigiosidad y de aumento de la población que por sí genera mayor nivel de conflictos y de litigios con un correlativo aumento de números de juzgados.
Está pasando como en otras cuestiones, ya sea temas de transporte público o de la gestión hidráulica que termina provocando inundaciones porque no hay estructura suficiente. Más allá de que ciertamente la justicia es lenta, que se podría mejorar un poco con otros procedimientos, todas esas mejoras son incrementables y tiene un límite. También es necesario que haya más juzgados y en ese sentido hay una estructura que más o menos está repetida a mediados de la década de los 90 y desde entonces mucho no hemos avanzado en creación de números de juzgados.
APU: Estabas enumerando las virtudes y los defectos de los proyectos, nos quedaba el último y, tal vez, es uno de los más problemáticos.
GA: Sé que hasta aquí me estuve manejando a un nivel relativamente técnico, quien se va a preocupar por una cautelar va a ser aquel que haga un juicio contra el Estado y esto no es común que suceda. En caso de juicios masivos, o que involucre un colectivo de gente (jubilados, corralito, Riachuelo) y algunos de esos casos no estarían cubiertos por la restricción que aparece, porque implica daño al medio ambiente. El proyecto que sí entra en tapa de diario y que va a decantar, si fuera aprobado a todo nivel político, es la reforma del Consejo de la Magistratura y la elección popular de los consejeros, esto implica un aumento del número de concejeros.
En primer lugar, su elección por voto popular y que haya académicos, jueces y abogados presentados por listas partidarias a nivel nacional. Esto que todavía no se conoce pero que implica un cambio muy fuerte en el paradigma, en el sentido de que hoy la cúpula del Poder Judicial, la última instancia es también lo que lo gobierna. La que designa empleados, toma decisiones presupuestarias, fija sueldos, compra insumos, todo ese trabajo de gobierno del Poder Judicial, hoy lo hace la Corte Suprema.
Es cierto que el diseño constitucional de 1994, está armado para que lo haga el Consejo General de la Magistratura que nunca lo hizo desde su constitución. Se ha limitado a hacer la selección de jueces y a considerar las denuncias por mal desempeño para habilitar los procesos de destitución. Pero esta función importantísima del gobierno nunca la ejerció, porque las leyes decidieron que siguiera en cabeza de la Corte Suprema.
Un dato importante del proyecto es que la Corte perdería por completo y quedaría limitada a su función jurisdiccional y el gobierno del Poder Judicial lo haría el Consejo de la Magistratura con estos 19 consejeros que, de forma directa o indirecta, todos vendrían a tener una elección popular.
APU: No se si leo entre líneas mal pero, de lo que decís, se deduce que quien gobierna, quien administra los recursos del Poder Judicial también tiene poder sobre el mismo.
GA: Si me pongo en la perspectiva del autointerés de un juez de Cámara o de un juez federal de 1ª instancia de provincia, les importa llevarse bien con la Corte, precisamente porque ésta decide sobre asignación de personal y un montón de decisiones que le incumben y reparte el juego en todo el Poder Judicial.
APU: ¿Ahí no hay coparticipación obligatoria? ¿Es discrecional?
GA: Hay pautas obligatorias, pero hay un montón de decisiones que son bastante discrecionales de la Corte como de cualquier administrador, como el Presidente decide qué va a hacer entre sus diversos ministerios. Es un cambio importante y al cual no me opongo porque me parece que está bien ir a ese modelo. Tal vez es demasiada tarea para la Corte resolver lo jurisdiccional y hacer toda la gestión administrativa, técnica, política. Creo que eso está bien, aunque asumo que para la Corte va a ser traumático.
Un dato importante del nuevo sistema y que, creo, genera dudas fundadas sobre si deberíamos mantener el actual, es el cambio del sistema de mayorías. Actualmente, en temas relevantes, el Consejo de la Magistratura decide con dos tercios de los presentes.
APU: Con lo cual es muy difícil sacar conclusiones.
GA: Sí, es muy difícil hacerlo y también es muy difícil cometer injusticias, ponerse de acuerdo para lo bueno y para lo malo, con lo cual, la bajada a un régimen que permite mayoría absoluta, que 10 de los consejeros tomen decisiones sobre designación y sobre acusaciones encaminadas a una eventual destitución, tiene ventajas y desventajas obvias. La ventaja es que con este nuevo sistema va a ser mucho menos probable que ocurran, como ocurren actualmente, situaciones donde un colectivo bloquea las designaciones o bloquea la posibilidad de que se avance con personas que, como mínimo, han cometido actos que deberían investigarse. El problema del nuevo criterio es que, tal vez, si antes era muy difícil, ahora sea demasiado fácil.
Pongo un ejemplo de la agenda más o menos cotidiana: En el contexto de las inundaciones de La Plata, hubo un sector judicial que bajó a los barrios, que vio cosas, que vio que existía un número importante de conflictividad y de muertos y denunció y pidió que se investigara esto.
APU: Julián Axat.
GA: Julián Axat. Un grupo de Diputados del sciolismo, por esa denuncia, les va a promover, tanto a Axat como al juez que investigó esto –sólo por una denuncia ya que Axat ni siquiera dijo que esto fuera efectivamente cierto- juicio político. Si esto se diera en un contexto donde el sciolismo –o cualquier mayoría que hubiera ganado una elección- estuviera en condiciones de dominar el Consejo, la consecuencia sería que Julián Axat, en este caso, o cualquiera que cometiera algo que mínimamente moleste o llame la atención de alguien, estaría sujeto a un juicio de destitución por la sola voluntad de una mayoría. El caso de Julián Axat, interesante por su cercanía con la gente, por lo fácil que es explicarlo, nos alerta sobre que es posible ciertas decisiones, al menos sobre destitución, estén sujetas a una mayoría un poco más importante que una mayoría absoluta.
Teniendo en cuenta la forma en que se articula la elección popular, que va atada a una elección presidencial, que hay una lista única en todo el país, en condiciones normales, el partido que gane la elección va a tener 13 de los 19 miembros, siendo la mayoría de 10 y aún asumiendo que ocurran algunas ausencias, el partido que gane va a tener el poder absoluto para decidir sobre cuestiones disciplinarias.
APU: Ahí abre una discusión difícil de dar mediáticamente pero hay un plano donde la pregunta es ¿Cuán independiente debe ser ser el Poder Judicial de la voluntad popular expresada en elecciones?
GA: Puede haber diversas respuestas, pero tenemos que tener cuidado de nuestro criterio, si es o no siempre el mismo, porque puedo decir, cuando gano no me conviene que nada sea independiente y cuando pierdo reclamo independencia.
APU: Estoy de acuerdo en que hay que tomar una decisión respecto a eso.
GA: Hay un tema donde uno se pone al camiseta o no. Medidas cautelares ¿Nos gustan o no? Alguien me puede decir que los jueces no deben replicar nunca una medida cautelar. Lo que no me parece correcto en democratización, en cautelares y otros aspectos es decir, a mí me molestan las cautelares que joroban al Gobierno Nacional y festejo, promuevo y demando las cautelares que lo benefician o que joroban a adversarios. Todo el mundo conoce la cautelar que obtuvo Clarín contra la Ley de Medios.
El Estado Nacional también obtuvo medidas cautelares en esa misma familia de casos. El Gobierno de San Luís sancionó una ley provincial de medios que contrariaba la nacional.
APU: Incluso con gobiernos de signo conservador, reaccionario como puede ser el menemismo de los 90, el Gobierno de De La Rúa, pareciera que el Poder Judicial sigue siendo más conservador que cualquier gobierno conservador. En mi opinión, me parece que incluso, en ese escenario, sigo prefiriendo que el poder elegido tutele al Poder Judicial
GA: Es muy complicada, nosotros tenemos un sistema de doble nivel, el sistema de ley de leyes y un sistema de principios constitucionales. Con respecto a las leyes, no hay ningún problema, en el sentido de que si tenés la mayoría podés llegar con tu proyecto de cambio al Congreso y cambiarla, en ese sentido la Constitución es bastante flexible. Creo que había una idea de Alfredo Palacios que decía que con la Constitución de 1853, le cabía tanto un sistema socialista a la soviética como un sistema capitalista bastante espartano.
Alguien que tenga la mayoría parlamentaria puede hacer muchas cosas con las leyes. Creo que lo que más complica la situación son aquellas cuestiones que puedan tener algún sistema que afecten derechos constitucionales más sensibles, patrimonio, libertad, medio ambiente. Es verdad que ha existido un nivel desigual de atención a los derechos patrimoniales por parte del Poder Judicial.
Toda la construcción del Poder Judicial acerca de la libertad la ha patrimonializado y la ha contenido en ese molde. Recién en los últimos tiempos, por una combinación de factores, jueces designados y criados en la cultura democrática, por el impacto de derechos humanos y por cambios ideológicos que se dan en todas las sociedades, creo que es injusto atribuirle al Poder Judicial actual como conjunto, el mismo comportamiento histórico que el Poder Judicial de los 50, 60, 70 y 80. Creo que en muchos casos y desde el corralito para acá, han existido decisiones judiciales que han combinado algo, un sentido adverso a las conveniencias puntuales del gobierno, pero también un sentido tutelar con respecto a intereses individuales que no estaban adecuadamente defendidos.
APU: No estás de acuerdo con esos cambios que se plantean en relación al Consejo de la Magistratura.
GA: Si me pongo a analizarlo desde el punto de vista constitucional, creo que hay un problema. Cuando en la Constitución, el artículo 114 actual, habla que tiene que haber representación de jueces y abogados, el concepto de representación, a mi juicio, y basándose en lo que los constituyentes quisieron hacer que los jueces y abogados juntos o separados, eligieran a sus propios miembros. Que los jueces sean electos por voto popular, contradice la letra del 114 de la Constitución. No me parecería mal si alguien me dijera, yo quiero otro Consejo donde todos sean electos por voto popular, en cuyo caso amerita una reforma a la Constitución Nacional, daría esa discusión, pero una discusión distinta de qué sistema queremos al que actualmente existe.
APU: O sea ¿Eso no estaría contemplado?
GA: Lo que sí admito, apruebo y aplaudo, la incorporación de académicos y académicos provenientes de otras disciplinas y me parece aceptable dentro del sistema constitucional actual que estos académicos sí sean elegidos por voto popular.
APU: No elegirías a todos los miembros, sino algunos miembros por elección popular.
GA: El otro sistema en mucho tiempo no existió y a los jueces se los nominaba directamente sin concurso y el Senado daba su aprobación. Esto ocurrió hasta 1994 y es paradójico que el sistema más político posible, donde no había ningún tipo de posición, ninguna limitación a la voluntad y el presidente elegía a cualquier abogado que quería es un sistema que se utilizó hasta 1994 y nos dio resultados muy malos. Los resultados fueron jueces claramente conservadores, jueces definitivamente ignorantes que les pagaban a otros para que hicieran sus sentencias. En un punto, el sistema de politización extrema ya fue probado reiteradamente y no dio lo mejores resultados. Entiendo que tiene que haber un tipo de control democrático de la justicia del Poder Judicial pero también entiendo que el Consejo de la Magistratura -con un montón de limitaciones-, ha sido desde 1994, una solución superadora en la medida en que mínimamente, a través de los concursos de designación, puede probar una idoneidad mínima, puede hacerle un control a una persona para ver su comportamiento en el pasado, para ver si es apto y capaz de resolver un problema. Yo defiendo que la designación de los jueces tenga que estar sujeta a un sistema de idoneidad con las cargas técnicas propias de lo que implica ser juez. En ese sentido, no excluyo la posibilidad de que en el Consejo de la Magistratura estén integradas personas portadoras de otros haberes. Esto ocurre en algunos Consejos de la Magistratura provinciales y no es problema porque no se requiere un saber súper técnico para elegir, pero eso no es lo mismo para ejercerlo.
APU: Julio Piumato señalaba que el discurso del kirchnerismo respecto a la reforma judicial es hipócrita porque él tenía denunciado por lo menos dos jueces, uno es Rosanski y el otro Montesanti que había sido el mismo kirchnerismo, de hecho se lo enrostraba a Conti y a Kunkel quienes le habían rechazado y habían protegido a esos jueces ¿Tenés datos de cómo funcionó eso?
GA: No, el caso de Rosanski no, no te puedo decir nada con conocimiento de causa sobre ese tema.
APU: Si yo tuviese que resumir tu planteo diría que los proyectos no te parecen ataques fenomenales a la Justicia, que no habría que dramatizar en ese aspecto. Por otro lado, tenés críticas concretas a algunos aspectos de los proyectos. ¿Resumo bien?
GA: En algún momento propuse algo que me parece compatible con el escenario constitucional actual, que sería mucho más democratizante: Es muy centralizador el Consejo de la Magistratura único, en todo el país y con un número que, aunque sean 19, es muy limitado. Esas 19 personas deciden sobre todos los recursos del Poder Judicial, sobre todos los jueces federales del país, es mucho. Mi idea es, si vamos a buscar una democratización en serio, desgajar ese Consejo único en Consejos regionales y de ese modo puedo votar desde La Pampa a los Consejeros de la Magistratura de La Pampa que van a evaluar, con mayor conocimiento de causa, a los jueces que concursen en La Pampa o en la región patagónica, para que no haya 19 Consejos sino sólo cuatro ó cinco regiones.
Muchas veces, cuando uno dice: “No me gusta esto”, está obligado a proponer algo mejor y creo que en ese sentido –aunque no lo puedo decir en esta entrevista porque es más complejo-, tanto en cautelares como en Consejo de la Magistratura, había margen técnico para hacer algo constitucionalmente mejor, más compatible con el ideal de democracia, que lo que se está haciendo.
Fuente: Reportaje de Agencia Paco Urondo

lunes, 4 de junio de 2012

Jornada de Análisis del Anteproyecto de Código Civil y Comercial


Con más de 150 asistentes entre abogados, funcionarios judiciales, docentes y estudiantes, durante el viernes 1 y el sábado 2 de junio se realizó con éxito en Azul la Jornada de Análisis del Anteproyecto de unificación del Código Civil y Comercial.
Los organizadores de la actividad fueron la Facultad de Derecho en conjunto con el Colegio de Abogados de Azul y el Colegio de Magistrados y Funcionarios del Departamento Judicial de Azul, instituciones que tuvieron el apoyo y auspicio de Editorial La Ley y Epoca de Quesos.
La apertura y palabras de bienvenida estuvieron a cargo de las autoridades de las tres entidades organizadoras, Dres. David E. Cordeviola por el Colegio de Abogados de Azul, Juan C. Tato en representación del Colegio de Magistrados y Eduardo V. Lapenta como decano de la Facultad de Derecho de la UNICEN.
El amplio programa que se desarrolló a lo largo de ambos días contó con dos conferencias y distintos paneles que trataron sobre los aspectos más relevantes del Anteproyecto de reforma del Código Civil y Comercial.
La primera conferencia el viernes la ofreció el Dr. Adolfo Rocha Campos y versó sobre “El abogado, el docente y el juez ante la unificación del derecho privado”. Por su parte, la conferencia de cierre tuvo lugar ayer sábado al mediodía y estuvo a cargo del reconocido especialista en Contratos Dr. Carlos Hernández, quien es también vicedecano de la Facultad Nacional de Rosario.
El grupo de disertantes invitados a exponer reunió a destacados juristas y docentes, entre ellos los Dres. Gabriela Calcaterra, Luis Daniel Crovi, Esteban Louge Emiliozzi, Andrea Imbrogno, Gustavo Nadalini, Jorge Mario Galdós, L. Iván Ahets Etcheberry, Mariana Iglesias, María Victora Schiro y Guillermina Zabalza.
Ayer por la tarde, en un panel sobre Derecho de Familia desarrollado por las abogadas especializadas Guillermina Zabalza y María Victoria Schiro fueron abordadas las diferentes reformas que plantea el Anteproyecto de Código Civil y Comercial unificado en esta materia. A su término, en una entrevista, las docentes de la Facultad de Derecho de Azul dialogaron y brindaron detalles sobre estos temas de actualidad:
¿Cuáles son las principales reformas que incluye el Anteproyecto de Código Civil y Comercial en relación al Derecho de Familia?
Guillermina Zabalza: “Dentro de lo que es este anteproyecto respecto de lo que hace al Derecho de Familia es bastante trascendental e impactante en todo lo que hace a la estructura tanto de la familia como a los distintos despliegues que la misma tiene, tanto en materia de filiación por naturaleza adoptiva al incorporar las técnicas de procreación asistida, al regular la posibilidad de un divorcio incausado, así como a dar un mínimo de protección en base al principio de solidaridad familiar respecto de las uniones convivenciales, y en torno a esta posibilidad de la autonomía de la voluntad respecto de lo que es el régimen patrimonial de los cónyuges. Con lo cual podemos ver que este anteproyecto está receptando por un lado el principio de autonomía, que contrarresta con un fuerte orden público que ha existido en nuestro Derecho de Familia actual, y en él podemos observar un orden público más dinámico porque la coyuntura social y las estructuras familiares han ido cambiando a lo largo de la historia y esto es lo que intenta receptar el anteproyecto dando un lugar importante a la autonomía de la voluntad pero también dando un lugar fundamental al principio de solidaridad familiar”.
¿Cómo concibe a la familia el anteproyecto?
Guillermina Zabalza: “En el anteproyecto se plantea un principio de pluralidad de tipos familiares, es decir, se engloba dentro de lo que hace a la concepción de familia en un concepto amplio y se receptan los distintos tipos de familia, la familia ensamblada, la familia monoparental, la familia matrimonial, la familia basada en las uniones convivenciales, la familia homoafectiva. Por lo tanto, el anteproyecto amplía la mirada en lo que hace a la protección de los diferentes integrantes de la familia sin tener en consideración de qué familia estamos hablando y su regulación se va a fundamentar en la persona y en las relaciones familiares y no en la familia como institución”.
¿Cuáles son los principales cambios que se mencionan en el anteproyecto con respecto al matrimonio y el divorcio?
Victoria Schiro: “En materia matrimonial las reformas más impactantes están dadas en la concepción del divorcio. Esto es alcanzar la disolución del vínculo matrimonial por voluntad unilateral o bilateral de los cónyuges, sea a pedido de uno o de ambos la voluntad solicitada al juez para iniciar el divorcio va a ser lo determinante para decidir disolver ese vínculo matrimonial sin necesidad de alegar ningún tipo de causa imputable al otro o no, es decir que la voluntad va a tener una influencia determinante en el divorcio vincular. Por otro lado, respecto del régimen patrimonial del matrimonio es otra de las reformas en las que se ve también una mayor injerencia de la autonomía de la voluntad porque, a diferencia del régimen actual, donde hay un solo régimen único legal imperativo como es el régimen de comunidad o como se lo conoce como sociedad conyugal, ahora los cónyuges tendrán la posibilidad –si es que lo quieren hacer- de optar por dos regímenes, el de comunidad con algunas reformas en particular o un régimen de separación y esto es la total independencia patrimonial de los cónyuges, sin perjuicio de que se regula la posibilidad de cambiarlo con ciertos requisitos previstos en el anteproyecto durante la vigencia del régimen y también se prevén ciertos mínimos indisponibles, es decir ciertas cuestiones que van a ser comunes a ambos regímenes ya en procura de una mayor solidaridad familiar como lo son la protección de la vivienda familiar, el deber de contribuir al sostenimiento del hogar, entre otros”.
¿Cómo es interpretada la filiación en el anteproyecto?
Guillermina Zabalza: “Están proyectados cambios en todo lo que hace al concepto de filiación y esto tiene una relación con las diferentes fuentes de parentesco. Dentro de nuestro sistema jurídico actual el parentesco está planteado en virtud de la consanguinidad, de la afinidad o de la adopción. Lo que ingresaría a partir del anteproyecto sería una nueva fuente de parentesco en virtud de las técnicas de procreación asistida poniendo su acento en la voluntad procreacional. Es decir que a partir de esta nueva concepción en materia de filiación podemos tener tres maneras de concebir los vínculos jurídicos entre hijos y padres: las técnicas de procreación asistida, la filiación por naturaleza y la adopción. Cuando hablamos de las técnicas de fertilización asistida, el elemento determinante a la hora de pensar en una determinación de filiación va a ser el consentimiento, es decir, la voluntad procreacional, ya no se sería hijo sólo por la sangre, ni por la sentencia que adjudica la adopción, sino que también se puede ser hijo en virtud del consentimiento. La ciencia ha dado nuevas maneras de concebir, hoy en día no se requiere del acto sexual para poder estar ante un proceso reproductivo. También el anteproyecto regula la gestación por sustitución en algunos supuestos, y esto es importante porque en los anteproyectos anteriores no estaba receptado y viene a provocar un cambio de paradigma en lo que es la determinación de la maternidad. Luego tenemos en el concepto de filiación por naturaleza un cambio importante. Actualmente nuestro Código Civil habla de una presunción de paternidad matrimonial, y por ejemplo en el artículo 243 ahora se requiere de una interpretación a la luz de matrimonio igualitario. Con lo cual lo que hace el anteproyecto es un poco dar pinceladas de unificación y de armonía respecto de las nuevas normas que se han dictado con las presunciones respecto de la filiación, y por eso no habla de una presunción de paternidad sino de una presunción de filiación en sentido amplio”.
¿Y cuáles serán los principales cambios en adopción?
Guillermina Zabalza: “En materia de adopción es interesante que en esta regulación se establecen los principios que deben regular a la filiación adoptiva incorporando los principios consagrados por la Convención de los Derechos del Niño así como por la ley 26.061 de protección integral de niñas, niños y adolescentes, y se regulan tres modalidades –nosotros hasta este momento tenemos dos simple o plena-, se ingresa por una nueva que es la adopción por integración que ya estaba en nuestro sistema normativo pero tiene un mayor desarrollo en el anteproyecto, se da la posibilidad también de que el niño cuando tiene una determinada edad a partir de los diez años tenga un lugar más activo en el proceso de adopción, preste el consentimiento en su adopción y esto es entorno a la autonomía progresiva del niño”.

Fuente: ABCHoy

domingo, 17 de julio de 2011

Código Penal: ¿ Para cuando, los legisladores nacionales, se ponen los pantalones ?


Un Fiscal propone debatir cambios al sistema de acciones penales
En diálogo con INFOCIELO, el Fiscal bonaerense, Marcelo Romero propone empezar a debatir sobre el estado actual de la Justicia de Instrucción y pensar una reforma al Código Penal, incorporando a las Acciones Privadas una mayor cantidad de delitos. A su vez, dijo que en la Provincia “tenemos una deuda constitucional que es la creación de la Policía Judicial”.Polémico, audaz, efusivo; el Fiscal platense pone la mesa una nueva reflexión. Fiel a su estilo se pronuncia y propone debates sobre el rol de la justicia en Argentina en el siglo XXI.
“En el país la gran la mayoría de los delitos son de Acción Pública”, explica y recuerda que son “los fiscales o los jueces de instrucción, según la jurisdicción que corresponda” quienes tienen que actuar de oficio ante cualquier denuncia o puesta en conocimiento de la comisión de un delito. También aclara que esto se da“salvo los delitos dependientes de acción privada, aquellos que necesitan un impulso inicial, pero automáticamente pasan a ser de oficio”.
Tras el repaso, Romero esbozó su reflexión, consideró que “con la sobresaturación que hay en los tribunales penales de todo el país, no sería descabellado por lo menos debatir incorporar a estas Acciones Privadas una mayor cantidad de delitos”.
Planteada la propuesta, el Fiscal explicó que con ese debate no pretende que no se investigue más o que el Estado deje de dar respuestas a estos delitos. Su propuesta se basa en que al plantear esta idea se podría“descomprimir un poco la Justicia de Instrucción, porque es evidente que estamos fracasando en la etapa más importante de un proceso penal, que son los primeros pasos de una investigación”.
“Llegamos a juicios orales con investigaciones incorrectas e ineficientes y el resultado es la absolución o la falta de pruebas o por pruebas ineficientes. El resultado en definitiva es la impunidad”, sostiene en su breve análisis de la situación actual.
Días antes, Romero deslizó este tema con esta idea: “Atento la inaudita saturación de las oficinas judiciales de toda la República, no resultaría inapropiada ni disparatada una discusión sobre una eventual reforma al Código Penal, incorporando a las Acciones Privadas una mayor cantidad de delitos, dejando a las partes su litigación por medio de la querella, y liberando a la Justicia de Instrucción de miles de expedientes que, seamos sinceros, no son prioridad a la hora de ser investigados”.
Ante la consulta de este medio, el letrado manifestó que primero se tiene que empezar con el debate. Sin embargo, reconoce que “no se ha de ha debatido hasta el momento”, pero cree, que esta consigna “sería una solución paliativa” ante ese panorama.
“No sé si es la solución de fondo, creo que también hay que dotar a la investigación criminal las herramientas necesarias”, agregó.
A su vez, puntualizó que “en la Provincia de Buenos Aires, por ejemplo, tenemos una deuda constitucional que es la creación de la Policía Judicial”.
A esto, Romero aclaró que esto no significa “deslindar o evadir” las responsabilidades que “como funcionarios y como responsables de la investigación” les corresponde.
De todos modos, focalizó en sostener que “es necesario hoy en día, en el siglo XXI, con la tecnología que tenemos a nuestra disposición, ponerla al servicio de la investigación criminal, pero descomprimir un poco los tribunales con la cantidad enorme de denuncias que hay”.
“Sería tal vez un buen comienzo”, ponderó.
Para seguir desglosando su idea, el Fiscal dijo que a este que “también hay que darle a ese tipo de causas y delitos la importancia que se merece”.
“Seamos sinceros, hoy en día no soy prioridad. Unas amenazas a veces quedan para tercer o cuarto lugar en las prioridades”, expresó, ya añadió que “las amenazas parecen ser una tontería, pero muchas veces terminan en un homicidio”(fuente: infocielo)

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